Ordinatione Exorcistarum: La Ordenación de los Exorcistas (I)
¿Cómo se realiza la ordenación de exorcistas por parte de la Iglesia Católica? En este artículo nos acercamos al ritual de ordenación de exorcistas
San Francisco de Borja y el moribundo impenitente Francisco de Goya. Catedral de Valencia |
Sea como fuere, el cine, la literatura y sobre todo las interpretaciones libres de los textos originales han provocado, en síntesis, una marea de pensamientos e imágenes alejadas del sentido real, no solo de la ordenación, sino también, de la propia concepción del rito del exorcismo y hasta de los implicados en dicho ritual.
En realidad los exorcismos no dejan de ser solo bendiciones invocativas con una finalidad propia en el contexto de la fe cristiana y de la oración litúrgica[2], hasta tal punto, que el catecumenado de los adultos o el rito del Bautismo de párvulos se encuadran dentro de estas bendiciones invocativas. Sin embargo, y como también se recoge en el Código de Derecho Canónico (siguiendo las determinaciones del canon 1172 del CDC[3]) pueden realizarse sobre los posesos. En todos los casos la realidad es la misma, la Iglesia, a ejemplo de Cristo y en su nombre, lucha también contra el Maligno para que el catecúmeno y el fiel que sufre en su vida el peso del misterio de iniquidad se vean libres de él y se fortalezcan con el poder del Espíritu Santo para resistir al diablo[4].
En definitiva, el exorcismo se define como un ritual de purificación o lustratorio, siendo el más importante tras el ritual del agua bendita[5]. Esta importancia purificadora se escenifica perfectamente en la simplicidad y maestría del propio ritual de ordenación, donde destaca el sosiego y solemnidad del acto, solo interrumpido por el canto del coro.
En un segundo artículo vamos a detenernos en analizar los gestos y símbolos litúrgicos que rodean este ritual de Ordenación de exorcistas (Ordinatione Exorcistarum).
NOTAS
[1] LARUMBE y LAMDER, Tomás: El seminarista Vol. I. Vergara, España, 1905. p. 123.
[2] LÓPEZ MARTÍN, Julián: La liturgia de la Iglesia. Biblioteca de autores cristianos, Madrid, 1996. p. 204.
[3] “Cánon 1172 § 1. Sin licencia peculiar y expresa del Ordinario del lugar, nadie puede realizar legítimamente exorcismos sobre los posesos. § 2. El Ordinario del lugar concederá esta licencia solamente a un presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida”. En http://www.vatican.va/archive/ESL0020/__P46.HTM (Consultado el 23/12/2017).
[4] LÓPEZ MARTÍN, Julián: La liturgia... Op. Cit. p. 204.
[5] RIGHETTI, Mario: Historia de la Liturgia. Madrid, 1956. En http:/www.holytrinitymission.org/books/spanish/historialiturgiamrighetti1.htm (11/11/2017)
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