Ordinatione Exorcistarum: La Ordenación de los Exorcistas (I)
¿Cómo se realiza la ordenación de exorcistas por parte de la Iglesia Católica? En este artículo nos acercamos al ritual de ordenación de exorcistas
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San Francisco de Borja y el moribundo impenitente Francisco de Goya. Catedral de Valencia |
Sea como fuere, el cine, la literatura y sobre todo las interpretaciones libres de los textos originales han provocado, en síntesis, una marea de pensamientos e imágenes alejadas del sentido real, no solo de la ordenación, sino también, de la propia concepción del rito del exorcismo y hasta de los implicados en dicho ritual.
En realidad los exorcismos no dejan de ser solo bendiciones invocativas con una finalidad propia en el contexto de la fe cristiana y de la oración litúrgica[2], hasta tal punto, que el catecumenado de los adultos o el rito del Bautismo de párvulos se encuadran dentro de estas bendiciones invocativas. Sin embargo, y como también se recoge en el Código de Derecho Canónico (siguiendo las determinaciones del canon 1172 del CDC[3]) pueden realizarse sobre los posesos. En todos los casos la realidad es la misma, la Iglesia, a ejemplo de Cristo y en su nombre, lucha también contra el Maligno para que el catecúmeno y el fiel que sufre en su vida el peso del misterio de iniquidad se vean libres de él y se fortalezcan con el poder del Espíritu Santo para resistir al diablo[4].
En definitiva, el exorcismo se define como un ritual de purificación o lustratorio, siendo el más importante tras el ritual del agua bendita[5]. Esta importancia purificadora se escenifica perfectamente en la simplicidad y maestría del propio ritual de ordenación, donde destaca el sosiego y solemnidad del acto, solo interrumpido por el canto del coro.
En un segundo artículo vamos a detenernos en analizar los gestos y símbolos litúrgicos que rodean este ritual de Ordenación de exorcistas (Ordinatione Exorcistarum).
NOTAS
[1] LARUMBE y LAMDER, Tomás: El seminarista Vol. I. Vergara, España, 1905. p. 123.
[2] LÓPEZ MARTÍN, Julián: La liturgia de la Iglesia. Biblioteca de autores cristianos, Madrid, 1996. p. 204.
[3] “Cánon 1172 § 1. Sin licencia peculiar y expresa del Ordinario del lugar, nadie puede realizar legítimamente exorcismos sobre los posesos. § 2. El Ordinario del lugar concederá esta licencia solamente a un presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida”. En http://www.vatican.va/archive/ESL0020/__P46.HTM (Consultado el 23/12/2017).
[4] LÓPEZ MARTÍN, Julián: La liturgia... Op. Cit. p. 204.
[5] RIGHETTI, Mario: Historia de la Liturgia. Madrid, 1956. En http:/www.holytrinitymission.org/books/spanish/historialiturgiamrighetti1.htm (11/11/2017)
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